Resumen: Conflicto Colectivo. Se cuestiona demanda la suspensión colectiva realizada en relación situación COVID-19 por fuerza mayor en Asociación Familiares Alzheimer, lo que desestima instancia. No Administración pública la demandada si no privada, sí suspensión. Se trata, pues, de una asociación, amparada por el artículo 22 de la Constitución ( y regulada por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, teniendo una finalidad clara, cual es la atención a personas con Alzheimer u otro tipo de enfermedades que generan demencia, lo que, sin duda, es finalidad legítima y que justifica el que reciba ayudas o subvenciones públicas, tal y como prevé el artículo 4 de esa Ley. Frente a ello, la prohibición aludida en la citada adicional decimoséptima se refiere a las Administraciones Públicas, entidades de derecho público, vinculadas o dependientes de una o varias Administraciones Públicas y otros organismos públicos.
Resumen: Artículo 55 CPM, "Deslealtad". Sentencia Condenatoria. Prueba indiciaria.